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Beneficios del Seguro Social

Resumen de los programas del Seguro Social

Los dos programas principales del Seguro Social que apoyan a las personas con discapacidad son el Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI, por sus siglas en inglés) y la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés).

Usted debe solicitar su inclusión en ambos programas (SSDI y SSI) tan pronto como ocurra su discapacidad. Es posible que sea apto para solo uno de los programas.

Obtener una respuesta acerca de la decisión puede demorar meses o hasta un año, en función de cuánto tiempo tome acceder a sus registros médicos. La prontitud del comienzo de sus beneficios dependerá de una combinación de la fecha de discapacidad, la fecha de solicitud y el tipo de beneficio para el cual califica.

Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)

El Seguro de Incapacidad del Seguro Social se fundamenta en su incapacidad para trabajar. Usted se considera incapacitado según la normativa del Seguro Social si no puede realizar trabajos que anteriormente realizaba y se ha decidido que no es posible ajustarse a otro tipo de trabajo debido a su condición médica.

Un alto porcentaje de solicitudes del SSDI es rechazado. Sin embargo, existen tres etapas en el proceso de apelación. Para obtener el beneficio en cualquier etapa, el solicitante debe suministrar evidencia médica de una condición incapacitante. La mejor fuente de evidencia es el doctor, no el solicitante.

Además de cumplir con la definición de incapacidad, usted debe haber trabajado durante largo tiempo, y hasta recientemente, bajo el Seguro Social para calificar a los beneficios de incapacidad. Una persona debe haber trabajado al menos 5 de los 10 años inmediatamente anteriores a la incapacidad y debe haber pagado los impuestos de FICA. Se debe prever que la incapacidad o el deterioro tendrá una duración de al menos 12 meses.

Los beneficios del SSDI están disponibles para los trabajadores que tengan un deterioro “verificable mediante un doctor” que no les permita mantenerse en el trabajo o desempeñar cualquier “actividad de ingreso sustancial”. Es una red de seguridad para los trabajadores que no pueden recibir ayuda mediante los ajustes y adaptaciones conocidas como “ajustes razonables” en la Ley sobre estadounidenses con discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés).

Adicionalmente, una persona menor de 65 años con una incapacidad debe recibir beneficios por discapacidad del Seguro Social durante 24 meses antes de ser apto para obtener Medicare.

Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)

El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario suministra pagos mensuales a las personas que viven con un ingreso y fuentes limitadas.

La SSI es para personas mayores de 65 años, así como aquellas personas de cualquier edad que sean ciegas o tengan alguna incapacidad.

Para obtener la SSI, usted debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

  • Ser mayor de 65 años
  • Ser ciego parcialmente o en su totalidad
  • Tener una condición médica/incapacidad que le impida trabajar y que se espere que dure al menos un año u ocasione la muerte

Los beneficios de la SSI no se basan en sus antecedentes laborales ni los de ningún otro miembro de su familia. En la mayoría de los estados, los beneficiarios de la SSI también pueden obtener la cobertura de Medicare para estadías hospitalarias, recibos de doctores, medicamentos y otros costos de salud.

Los beneficiarios de la SSI también pueden ser elegibles para obtener cupones para alimentos en cada estado excepto en California debido a que el estado contribuye con el pago federal de la SSI.

Al determinar su elegibilidad, su ingreso se calcula en función del dinero que usted gana, sus beneficios del Seguro Social, sus pensiones y el valor de los elementos que obtiene de otros, como alimentos y albergue. El lugar en el que reside afecta el monto del ingreso ya que los distintos estados tienen reglas diferentes.

Usted puede ser elegible para obtener la SSI si sus recursos (las cosas que posee) tienen un valor máximo de $2.000 para una persona o $3.000 para una pareja casada que viva bajo el mismo techo. No se toma en cuenta todo lo que usted posea. Por ejemplo, la SSI no incluye una casa que sea de su propiedad si usted vive en ella y, generalmente, tampoco incluye su automóvil.

Sin embargo, sí se cuentan el dinero en efectivo, las cuentas bancarias, las acciones y los bonos.

Para obtener la SSI, también debe solicitar cualquier otro beneficio gubernamental para los que podría ser elegible. Adicionalmente, si obtiene la SSI, es probable que también obtenga acceso a los beneficios del Programa de Ayuda Suplementaria de Nutrición (SNAP, por sus siglas en inglés) y a Medicaid. Medicaid le ayuda a pagar las cuentas del doctor y el hospital, mientras que SNAP le ayuda a pagar los alimentos.

El Programa SSI es patrocinado por el Fondo de Ingresos Generales. No usa los fondos provenientes de los impuestos del Seguro Social retenidos de conformidad con la Ley Federal de Contribuciones del Seguro (FICA, por sus siglas en inglés).

Visite la página web de la Administración del Seguro Social y ubique la oficina del Seguro Social más cercana para solicitar asistencia adicional.

En lugar de ir a la oficina del Seguro Social, usted puede concertar una entrevista telefónica para iniciar el proceso a través del número 1-800-772-1213.

Las personas con parálisis que se transfieran a centros de rehabilitación en otros estados también pueden concertar una entrevista telefónica en su hogar a través del número telefónico indicado arriba.

El proceso de apelación

El Seguro Social no siempre facilita la obtención de beneficios ni la posibilidad de mantenerlos. Si la agencia decide que usted no es elegible para recibir beneficios o dejó de serlo, o que el monto de sus pagos debería cambiar, recibirá una carta explicando la decisión.

Si usted no está de acuerdo, puede solicitar que se vuelva a revisar su caso. Si desea apelar la decisión, debe hacer una solicitud por escrito en el transcurso de 60 días contados a partir de la fecha de recepción de la carta.

Una reconsideración es una revisión total de su reclamo por alguien que no haya formado parte de la decisión original. Esta persona examinará la evidencia que se suministró cuando se tomó la decisión original, junto con la evidencia adicional.

Si usted no está de acuerdo con la reconsideración, podrá solicitar una audiencia. La audiencia será presidida por un juez administrativo que no haya formado parte de la decisión ni de la reconsideración. Usted y su representante, de tenerlo, podrán asistir a la audiencia y presentar su caso. Podrá revisar lo que desee de su archivo y suministrar nueva información.

Si no está de acuerdo con la decisión de la audiencia, podrá solicitar una revisión por parte del Consejo de Apelaciones del Seguro Social. El Consejo de Apelaciones revisa todas las solicitudes de revisión, aunque puede negar una solicitud si considera que la decisión de la audiencia fue correcta.

Si el Consejo de Apelaciones decide revisar su caso, podrá tomar una decisión sobre este o remitirlo a un juez administrativo para una revisión más detallada.

Si no está de acuerdo con la decisión del Consejo de Apelaciones, o si el Consejo de Apelaciones decide no revisar su caso, su última opción será entablar una demanda en un tribunal federal de distrito.

Dado que las normas son complicadas, muchos de los solicitantes contratan abogados especializados en las leyes del Seguro Social. La Organización Nacional de Representantes de los Demandantes del Seguro Social (en inglés) podrán sugerir referencias locales.

Para preguntas acerca de la SSI, el SSDI o cualquier otro programa de beneficio por discapacidad, contacte a la oficina del Seguro Social más cercana.

Recursos

específica, nuestros especialistas en información están disponibles de lunes a viernes de 7am a 12am ET, 800-539-7309 (línea gratuita dentro de los EE. UU.) o 973-379-2690 (internacional).

Adicionalmente, la Fundación Reeve mantiene una hoja informativa sobre los programas del Seguro Social con recursos adicionales de fuentes confiables. Chequee nuestro repositorio de hojas de información sobre cientos de temas como los recursos disponibles su estado/ país o enfermedades secundarias de la parálisis.

Fuentes: Social Security Administration, Allsup, Inc.